- El Congreso local aprobó subsidios al ISERTP por contratación de personas vulnerables; por primera vez incluyen personas trabajadoras del hogar y connacionales repatriadas.
- También aplicarán para la contratación de jefas de familia, personas mayores y quienes perdieron su trabajo durante la pandemia.
Toluca de Lerdo, México, 16 de enero de 2024.- A fin de fomentar la generación de empleos dignos y bien pagados, el Congreso mexiquense aprobó para este año mantener el subsidio de 100 por ciento en el pago del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal (ISERTP) por la contratación de personas vulnerables y, por primera vez, se incluye la contratación de personas trabajadoras del hogar y de connacionales repatriadas en 2022, 2023 o 2024.
De acuerdo con la Ley de Ingresos del Estado, con base en datos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Estado de México registra al menos seis mil 656 personas trabajadoras del hogar y con el subsidio por su contratación se busca reducir su vulnerabilidad e incentivar su participación en el mercado formal; garantizar sus derechos y seguridad.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo una persona trabajadora del hogar es aquella que de manera remunerada realice actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier otra actividad inherente al hogar.
Para el caso de las personas repatriadas, el subsidio al ISERTP busca reducir sus desventajas para encontrar un empleo formal e incrementar su bienestar, tomando en cuenta que esta medida puede aportar a reducir los niveles de desigualdad en el país.
Cabe señalar que en los últimos años las repatriaciones han aumentado 60 por ciento y que el Estado de México ocupa el 8º lugar de los estados del país con más personas repatriadas desde Estados Unidos, con 7 mil 991, quienes representan 5 por ciento del total nacional.
El subsidio también aplica por la contratación de mujeres jefas de familia, personas mayores (de 60 años o más), recién egresadas, personas que accedan por primera vez al mercado laboral, las y los pertenecientes a alguna comunidad de origen indígena, liberadas con motivo de la Ley de Amnistía del Estado de México y quienes hayan perdido su fuente de empleo formal de marzo a diciembre de 2020 y de enero a diciembre de 2021, periodo en que se recrudeció la pandemia de covid-19.