Ciudad de México, 7 de agosto de 2023.- En una decisión relevante, el Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, Martín Santos, ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador cesar sus expresiones con malicia y discursos de odio contra la aspirante opositora Xóchitl Gálvez. Además, el juez dictaminó que el mandatario deberá eliminar de sus redes sociales y páginas de internet todas las publicaciones ofensivas que ya haya emitido sobre la política.
Esta orden se dio en el contexto de un amparo promovido por Gálvez el pasado 18 de julio, cuatro días después de que López Obrador difundiera detalles sobre los ingresos de las empresas de la aspirante durante una conferencia matutina. El juez concedió una suspensión provisional para evitar que las autoridades responsables continúen emitiendo manifestaciones maliciosas en las señales oficiales de la Presidencia y en las redes sociales.
Entre los efectos de la suspensión, se destaca que las autoridades deben abstenerse de transmitir cualquier discurso de odio hacia Gálvez a través de sus cuentas oficiales de Twitter. Asimismo, se ordena eliminar o solicitar la eliminación inmediata de todas las publicaciones en redes sociales y páginas de internet, incluyendo YouTube, Facebook y Twitter, así como del programa La Mañanera, que mencionen a la quejosa.
El juez aclaró que la suspensión no busca privar a la sociedad del acceso a información sobre Gálvez que provenga de fuentes diversas a la Presidencia. En cambio, el caso se centra en proteger el derecho al honor, la dignidad y la vida privada de la aspirante frente a la divulgación de información que, por ley, debería estar resguardada.
Si bien la Consejería Jurídica del Ejecutivo puede impugnar la suspensión provisional, las autoridades deben acatar el mandato del juez Santos hasta que este resuelva sobre la suspensión definitiva, programada para el 11 de agosto. En caso de concederse la suspensión definitiva, su aplicación será por tiempo indefinido.
El proceso de admisión del amparo tomó más de dos semanas debido a las aclaraciones que Gálvez tuvo que proporcionar al juez sobre los actos que reclamaba. La senadora panista describió en su demanda las «declaraciones imputando hechos y haciendo calificaciones que van en perjuicio de los derechos humanos».
Es importante destacar que la violación a una suspensión concedida en un juicio de amparo es un delito federal con una pena de tres a nueve años de prisión. En el pasado, López Obrador ha desacatado órdenes de las autoridades electorales para no mencionar a Gálvez, aunque estas no conllevan sanciones.