FORTALECERÁ CONGRESO ÓRGANOS MUNICIPALES DE CONTROL

  • Podrán iniciar de oficio, por denuncia o auditorías, procedimientos de investigación de presuntas faltas administrativas.
  • Remitirán al TRIAJEM los expedientes por faltas graves de servidores públicos.

 

La Comisión de Legislación y Administración Municipal del Congreso estatal aprobó reformas a la Ley Orgánica Municipal a fin de fortalecer y ampliar las funciones del Órgano interno de Control Municipal en los 125 ayuntamientos, cuya denominación remplazará el de Contraloría municipal, además de que su titular se identificará como contralor.

 

De acuerdo con la reformas impulsadas por el diputado Jaime Cervantes Sánchez (PRI), se otorgarán facultades a los nuevos órganos internos de control para recibir las denuncias que se formulen por presuntas infracciones o faltas administrativas derivadas de actos u omisiones cometidos por las personas servidoras públicas de sus municipios, o de particulares, vinculados con faltas administrativas graves.

 

Asimismo, deberá iniciar de oficio, por denuncia o derivado de auditorías realizadas por las autoridades competentes, los procedimientos de investigación por posibles faltas administrativas y en su caso, la calificación de faltas graves y no graves, en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

 

También, deberán sustanciar los procedimientos de responsabilidad administrativa y emitir, en su caso, las resoluciones que son de su competencia, imponiendo cuando proceda, las sanciones correspondientes, por lo que los expedientes por faltas graves y faltas de particulares, en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas, serán turnados al Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México.

 

Se trata de ajustar la legislación con lo señalado en la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios y de esta manera hacer más efectivo el combate a la corrupción, por lo que también se eliminarán las referencias a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos estatal para sustituirlas por la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.