Érika Hernández
Agencia Reforma
Ciudad de México 12 enero 2024.- La Sala Especializada del Tribunal Electoral determinó que el Presidente Andrés Manuel López Obrador usó indebidamente, el 1 de julio del 2023, recursos públicos para festejar su triunfo presidencial.
Con dos votos a favor y uno en contra, los magistrados afirmaron que dicho evento, en el que el tabasqueño celebró en el Zócalo capitalino el quinto aniversario de su llegada a la Presidencia, fue un acto de promoción personalizada.
«(Se determina) la existencia de la promoción personalizada, ya que el funcionario público contrastó el ejercicio de la administración pública que encabeza con aquellas de periodos anteriores, asoció los logros, acciones y promesas gubernamentales, en lo individual, con la finalidad de generar adhesión o aceptación de la ciudadanía, y envió, sistemáticamente, la conjugación de verbos en primera persona del plural y en primera persona del singular.
«La existencia del uso indebido de recursos públicos, pues para la organización, desarrollo y función del evento denunciado se emplearon recursos financieros, humanos y materiales (del gobierno)», resolvió la Sala.
La Sala determinó que el Primer Mandatario se pronunció en contra de partidos opositores, conducta que pudo influir en las preferencias electorales.
En su discurso, López Obrador advirtió que se ha creado un «poder conservador», que busca regresar al gobierno, por lo que aseguró a las fuerzas políticas y sociedad civil contraria a él, que, si no cambian su manera de pensar, no llegarán lejos.
«Como es natural, el proceso de transformación del País ha creado una oposición conservadora, obcecada en regresar por sus fueros, sus líderes, sus jefes, no conciben ni aceptan que ahora se gobierna para todas y todos, y no sólo en beneficio de una minoría», señaló.
Ante esto, la Sala determinó que con estos dichos, el Presidente no cumplió con su obligación, en todo momento, de garantizar imparcialidad.
«La existencia de la vulneración a los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad, dado que el Presidente realizó una serie de descalificaciones en torno a fuerzas políticas opuestas a las que le llevaron al poder», indicó.
Se dio vista a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE para que determine si procede iniciar un procedimiento especial sancionador para investigar si los titulares de la Coordinación de Comunicación Social de Presidencia y del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (CEPROPIE) incurrieron en alguna infracción electoral.
El Presidente no puede ser sancionado por infracciones electorales, por lo que únicamente se declara su responsabilidad.
El magistrado Rubén Lara votó en contra al considerar que no atendieron la exigencia de la Sala Superior, quien les ordenó analizar si las expresiones implicaban un beneficio para Morena y perjuicio para los otros partidos.
«Estamos diciendo que no hay un beneficio, no hay un posible impacto para las posiciones contrarias y terminamos diciendo sólo que hay promoción personalizada. Nos alejamos del cumplimiento», consideró.
En la sesión de la Sala Especializada se resolvió sancionar a Xóchitl Gálvez con 7 mil 261 pesos por la difusión en Facebook de propaganda política con la imagen de una niña, sin proteger su rostro ni contar con los permisos para mostrarlo.
Mientras que a los partidos que la postulan como precandidata, PAN, PRI y PRD, deberán pagar una multa de 41 mil 496 pesos cada uno por no atender su deber de cuidado.
En las últimas semanas, Gálvez ha sido sancionada por el mismo hecho.